domingo, 17 de mayo de 2015

La cuenta sigue: los otros actos unilaterales de Chile...

La cuenta sigue: los otros actos unilaterales de Chile...

En los alegatos de la primera semana de mayo en La Haya, los abogados bolivianos mencionaron varios actos unilaterales que no figuran de manera directa o central en el documento de la Solicitud presentado en 2013. A continuación se desarrollan seis actos unilaterales de Chile que no fueron objeto de mucha atención.
La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:07 / 17 de mayo de 2015
Los alegatos bolivianos de la anterior semana en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sacaron a colación no pocos actos unilaterales de Chile que no figuran en la “Solicitud para instaurar procedimientos ante la Corte Internacional de Justicia”. Estos actos muestran otros compromisos adicionales de ese país que expresan su disposición a negociar con Bolivia una salida al mar o, en un caso particular (Tratado de Lima), de dejar por escrito el estado pendiente de un corredor para Bolivia en el área del territorio peruano cautivo.
Pueden identificarse seis actos de esta naturaleza realizados por Chile, más allá de los que se desarrollaron en abundancia en este suplemento y que constan en el documento de la “Solicitud”: el Tratado de Transferencia de Territorios (1895), el Acta Protocolizada de 1920, el intercambio de notas de 1950, las negociaciones de Charaña y sus correspondientes declaraciones conjuntas (1975-1978), y la Resolución de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (1983).
Los seis momentos que ahora serán desarrollados fueron aludidos por los abogados de Bolivia durante los alegatos de la primera semana de mayo. Son: la declaración de Domingo Santa María (primero como Canciller y luego como Presidente); las nota de 1923, la respuesta de 1926 a la Propuesta Kellogg; el artículo 1 del Protocolo de Lima; la declaración del presidente Gabriel González Videla en 1948; la nota “Trucco” de 1961; y la mención chilena en el juicio de Perú contra Chile en 2012. Las  manifestaciones expresas de ese país, sin embargo, son aún más.
1. SANTA MARÍA. “No olvidemos por un instante que no podemos ahogar a Bolivia... Privada de Antofagasta y de todo el Litoral que antes poseía hasta el Loa, debemos proporcionarle por alguna parte un puerto suyo, una puerta de calle, que le permita entrar al interior sin zozobra, sin pedir venia. No podemos ni debemos matar a Bolivia”, dijo el entonces ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Domingo Santa María, el 26 de noviembre de 1879. Ya como presidente, pocos años después, reiteró ese mismo pedido también poniendo énfasis en el verbo “deber”. Si bien esta declaración estuvo resaltada por la abogada de Bolivia Chemillier-Gendreau en su intervención del viernes 8 de mayo, hay que recordar que declaraciones de este tipo fueron reiteradas a lo alargo de la historia por otros presidentes chilenos y sus autoridades competentes en temas relacionados con las relaciones exteriores, como cancilleres y embajadores.
Así, no solo la declaración de Santa María (que podría dar reparos por haber sido dicha muchos años atrás), sino también las posteriores pueden ser consideradas como actos unilaterales que crean una obligación. Esto podría darse por descontado si se considera el juicio en la CIJ de Australia y Nueva Zelanda contra Francia (1974) para que éste último cese de realizar ensayos con armas nucleares en la atmósfera del archipiélago de Mururoa porque la contaminación radiactiva se iba elevando en los países demandantes al estar más o menos cerca de Mururoa.
El Ministro de Defensa francés, en el curso de una entrevista para la televisión francesa, declaró el 16 de agosto de 1974: “El Gobierno francés ha asegurado que las pruebas nucleares de 1974 serán las últimas que se desarrollen en la atmósfera”.
Esto bastó a la CIJ para fallar a favor de Australia y Nueva Zelanda, pues una autoridad competente en el tema en disputa (el ministro de Defensa de Francia) había hecho público un compromiso unilateral. Si bien se puede decir que la declaración de Santa María es del siglo XIX, Bolivia tiene numerosas declaraciones y documentos firmados por autoridades chilenas competentes que se manifestaron en el sentido de que se debía dar una salida a la costa propia a Bolivia más allá del Tratado de 1904.
2.  LAS NOTAS DE IZQUIERDO. Otro acto de Chile que fue mencionado (también por Chemillier) fue la nota de canciller chileno Luis Izquierdo en febrero de 1923. Esta autoridad escribió una nota al canciller boliviano Ricardo Jaimes Freyre en la que señaló que el Gobierno de Chile “mantiene el propósito de oír con el más elevado espíritu de conciliación y equidad, las proposiciones que quiera someterle el Gobierno boliviano para celebrar un nuevo Pacto que consulte la situación de Bolivia, sin modificar el Tratado de Paz y sin interrumpir la continuidad del territorio chileno”. Esta nota es otra prueba de que, como dijo la defensa boliviana en La Haya, el mundo no comienza y acaba con el Tratado de 1904.
“La letra del Canciller de Chile, de 23 de febrero de 1923, ¿debe dejarse de lado como sugiere la otra parte (la defensa chilena)?”, cuestionó la jurista el viernes 8 de mayo. Esto se dio poco después del juicio que intentó iniciar Bolivia en la Corte Permanente de Justicia de la Liga de las Naciones (1920). Ya existía en curso un arbitraje internacional conducido por Estados Unidos respecto de la soberanía de Arica y Tacna, territorios que aún no estaban definidos ni para el Perú ni para Chile.
3. PROPUESTA KELLOGG. El Departamento de Estado de Estados Unidos mediaba a inicios de los años 20 del siglo pasado la definición por Perú o Chile de Arica y Tacna mediante el plebiscito que debía realizarse de acuerdo con el Tratado de Ancón (1883). El arbitraje definió que no habían condiciones para realizar un plebiscito. En efecto, Chile amedrentaba a los pobladores peruanos de esos territorios para buscar desplazarlos y, además, trasladaba a chilenos para que así, en la votación, ganase su país, por lo que luego del fallo que desechaba el procedimiento democrático, los Estados Unidos presentó varias propuestas a Chile y Perú. El secretario de Estado, Frank Billings Kellogg, sin paciencia por el rechazo a sus planteamientos de división territorial, decidió presentar su última propuesta: que Perú y Chile cedan a perpetuidad en favor de Bolivia los territorios de Tacna y Arica.
Sobre este hecho de la historia, Chemillier recordó en su alegato una parte de la respuesta chilena: “En su memorando de respuesta, el ministro chileno de Asuntos Exteriores, el señor Jorge Matte, recordó que no había jamás rechazado la idea de conceder a Bolivia una banda de territorio y un puerto, sin embargo él constata que la cuestión queda pendiente hasta el presente. Así, el Tratado de 1904 no resolvió todo y la solución propuesta por el mediador dejó intactas las disposiciones del Tratado.”
Sin embargo, en los alegatos no se señaló que en el memorando de respuesta a Kellogg, párrafos más abajo, Chile dice: “En este sentido, el Gobierno de Chile accede a considerar, en principio, la proposición, dando con ello una nueva y elocuente demostración de sus propósitos de paz y cordialidad”. Es decir que Chile accedió a considerar la cesión en favor de Bolivia.
4. TRATADO DE LIMA. Tras el fracaso de la mediación estadounidense para definir los territorios de Tacna y Arica de acuerdo con lo establecido en Ancón, en 1929, Chile y Perú firmaron el Tratado de Lima. El artículo uno del protocolo complementario de este pacto siempre fue visto como negativo al derecho boliviano a un acceso soberano al mar, pues delega a un tercero (Perú) la futura posible decisión de un acceso boliviano a la costa: “Los gobiernos del Perú y de Chile no podrán, sin previo acuerdo entre ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los territorios que, en conformidad al Tratado de esta misma fecha, quedan bajo sus respectivas soberanías, ni podrán, sin ese requisito, construir, a través de ellos, nuevas líneas férreas internacionales”, dice dicho artículo.
De lo negativo de la llamada “llave” que tendría Perú para el acceso de Bolivia al mar, los abogados de Bolivia sacaron lo pertinente para el objeto de la demanda: se trata de una aceptación directa, unilateral, de Chile de que tiene asuntos pendientes con Bolivia.
“Ésta (el artículo 1 del Protocolo Complementario del Tratado de Lima) es una cláusula muy poco frecuente y no compromete más que a los Estados signatarios y se considera justificada por las negociaciones ya iniciadas entre Bolivia y Chile para la transferencia a Bolivia de toda o parte del territorio que en aquel entonces correspondía a Chile, es decir, que confirma la existencia de una cuestión pendiente, así como la necesidad de resolver esta cuestión fuera de los términos del Tratado de 1904”, dijo Chemillier sobre este punto.
5. GONZÁLEZ VIDELA. Antes del intercambio de notas diplomáticas entre Bolivia y Chile, desde 1946 el presidente del país vecino, Gabriel González Videla, se manifestó a favor de la cesión de una franja boliviana al Pacífico y comenzó una negociación. Este presidente quería que se vincule su nombre a una solución histórica definitiva. Las notas del 50 (que figuran en el documento de la “solicitud” boliviana) son el resultado de la favorable disposición de González desde 1946.
“Consecuente con la tradición de la Cancillería chilena, y ratificando mi profundo espíritu americanista, nunca me he negado a conversar sobre la aspiración portuaria de Bolivia. Así lo expresé en San Francisco, en nombre del Gobierno chileno, cuando fui delegado gubernamental a esa Conferencia. Al asumir el mando, en 1946 el Presidente (Enrique) Hertzog, de Bolivia, me recordó la promesa, y yo, de acuerdo con una norma nunca desmentida por la Cancillería de la República, respondí al Mandatario boliviano que estaba acorde en abrir conversaciones sobre el punto propuesto”, dijo González a la Revista Vea en 1950.
Asimismo, en su Memoria el expresidente escribe que la negociación consistía en “ceder a Bolivia, al norte de Arica, una faja de terreno de un ancho de diez kilómetros, contigua a la frontera peruana y que correría del litoral hasta el límite, para que Bolivia se pudiera comunicar con el océano Pacífico, a través de su propio territorio y pudiera construir su puerto. A cambio de ello, porque esta cesión requería una compensación, Bolivia permitiría que se aprovecharan las aguas del lago Titicaca para generar energía hidroeléctrica que pudiera ser utilizada en las provincias de Tarapacá y Antofagasta”. Lo destacable acá es la negociación, si bien lo que pedía Chile era inviable dado a que no se puede hacer uso de las aguas del Titicaca, por ser binacionales.
6. MEMORANDO TRUCCO. Otro documento mencionado en los alegatos fue el Memorando Trucco (llamado así en referencia a su signatario, el embajador chileno en La Paz Manuel Trucco). Mediante ese memorando, Chile, el 10 de julio de 1961, ratifica las notas intercambiadas en 1950 y reitera su decisión de negociar con Bolivia una salida soberana al mar.
El punto 1 de este documento dice: “Chile ha estado siempre llano, junto con resguardar la situación de derecho establecido en el Tratado de Paz de 1904, a estudiar, en gestiones directas con Bolivia, la posibilidad de satisfacer las aspiraciones de ésta y los intereses de Chile.” Otra vez, hay un reconocimiento chileno de que una solución puede ser llevada a cabo por fuera del Tratado de 1904.
7. JUICIO PERÚ-CHILE. Recientemente, Chile y Perú sostuvieron un litigio fronterizo marítimo en la CIJ. Durante las argumentaciones, fue Chile el que mencionó que en el área en disputa había un ofrecimiento de cesión en favor de Bolivia. En diciembre de 2012, en los alegatos preliminares, Chile recordó su intención de ceder a Bolivia un corredor al norte de Arica. La declaración se constituye en un reconocimiento explícito y sin contraste de ese país ante la Corte de la existencia de un tema pendiente con Bolivia.
“Trataron la delimitación marítima entre Chile y Perú, y ahí Chile se refirió de manera explícita a las negociaciones (de Charaña), en las cuales durante distintas épocas había reconocido la necesidad de cederle a Bolivia un corredor al mar”, recordó Chemillier y afirmó que la CIJ hizo una declaración en su fallo sobre la situación boliviano-chilena.
En efecto, Chemillier citó a la Corte: “En 1975, 1976, Chile inició una negociación con Bolivia sobre un proyecto de intercambio de territorios destinado a asegurarle a Bolivia un acceso al mar y un espacio marítimo adyacente”. Por esto concluyó que: “ustedes mismos, ustedes, miembros de la Corte, tomaron nota de que la cuestión del acceso soberano de Bolivia al mar permanecía como una cuestión abierta entre Bolivia y Chile”. Estos fueron algunos de los comportamientos chilenos —que también pueden ser considerados actos unilaterales— que fueron mencionados, entre otros más, durante los alegatos preliminares.
Sin embargo, hay muchos más ejemplos de la apertura de Chile a una negociación que solucione el enclaustramiento marítimo de otras autoridades de ese país que probablemente figuran en la Memoria boliviana como del presidente Aníbal Pinto (1876-1881); Jorge Montt, presidente (1891-1896); Luis Barros, ministro de Relaciones Exteriores (1894 -1895); Juan Luis Sanfuentes, presidente (1915-1920); Emilio Bello, ministro plenipotenciario en La Paz (1920); Emiliano Figueroa, presidente (1925-1927); Beltrán Mathieu, ministro de Relaciones Exteriores (1925-1926); Horacio Walker, ministro de Relaciones Exteriores (1950-1951); Jorge Alessandri, presidente (1958-964); Augusto Pinochet, presidente (1973-990); Patricio Carvajal, ministro de Relaciones Exteriores (1974-1978); y, Miguel Schweitzer, ministro de Relaciones Exteriores (1983).

Actos chilenos poco sabidos

En la presente entrega de Animal Político se pone énfasis en los actos unilaterales menos citados en los alegatos bolivianos presentados en la primera semana de mayo en el Palacio de la Paz, en Holanda.
La Razón (Edición Impresa) / La Paz
00:05 / 17 de mayo de 2015
Nunca está de más el recuento de cosas tan importantes para el país, como los actos unilaterales de Chile prometiendo o insinuando una salida soberana de Bolivia al mar; más cuando ésta es la base de la actual demanda boliviana contra el país vecino ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en La Haya.
En la presente entrega de Animal Político se pone énfasis en los actos unilaterales menos citados en los alegatos bolivianos presentados en la primera semana de mayo en el Palacio de la Paz, en Holanda.
Los actos chilenos desarrollados en abundancia fueron, recordemos: el Tratado de Transferencia de Territorios (1895), el Acta Protocolizada de 1920, el intercambio de notas de 1950, las negociaciones de Charaña y sus correspondientes declaraciones conjuntas (1975-1978), y la Resolución de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (1983).
Pero hubo al menos otros seis que de alguna manera fueron aludidos en el alegato boliviano en La Haya, pero que vale la pena precisar: la declaración de Domingo Santa María (primero como canciller y luego como presidente); la nota de 1923, la respuesta de 1926 a la Propuesta Kellogg; el artículo 1 del Protocolo de Lima; la declaración del presidente Gabriel González Videla en 1948; la nota “Trucco” de 1961; y la mención chilena en el juicio de Perú contra Chile en 2012. Las  manifestaciones expresas de ese país, sin embargo, son aún más.
En la segunda parte del reportaje central se precisa cómo máximas autoridades chilenas, ministros de Relaciones Exteriores y presidentes, también comprometieron la fe de su Estado con sus declaraciones.
Una autoridad, recuerda el agente boliviano en La Haya, el expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé, no puede hablar como el común de los ciudadanos. Su palabra es “una suerte de garantía de que las declaraciones o promesas también pueden tener un efecto jurídico vinculante”.

Autoridades chilenas crearon obligaciones a su Estado

Son varios los presidentes y ministros de Relaciones Exteriores de Chile que se manifestaron a favor de negociar una salida soberana al mar para Bolivia. Las declaraciones y documentos que firmaron, en algunos casos, fueron mencionados en los alegatos en el juicio en la Corte Internacional de Justicia.
La Razón (Edición Impresa) / Ricardo Aguilar Agramont / La Paz
00:06 / 17 de mayo de 2015
Determinadas actuaciones de los Estados, hechas por funcionarios o personeros con determinado nivel de autoridad o de representación pública y que se emiten de buena fe, comprometen los contenidos y la conducta de ese Estado. Es decir que son una suerte de garantía de que las declaraciones o promesas también pueden tener un efecto jurídico vinculante. Éste es un desarrollo que procura que los Estados sean serios cuando tienen relaciones que comprometen su disponibilidad sobre un asunto, es esa seriedad la que procura garantizar el Derecho Internacional”, señaló el agente de Bolivia en La Haya, Eduardo Rodríguez Veltzé, para definir la noción de “acto unilateral” durante la última entrevista que dio a la prensa antes de los alegatos preliminares y que fue publicada en Animal Político.
Entonces, una declaración o un documento firmado por una autoridad de un Estado sobre un tema en el que tiene competencia crea una obligación jurídica. En la Corte Internacional de Justicia (CIJ) existe jurisprudencia de casos en que ese tribunal obligó a países a cumplir sus compromisos adquiridos mediante actos unilaterales.
Para mostrar este hecho en relación con el tema marítimo, a continuación se pondrá en evidencia otros actos unilaterales llevados a cabo por diferentes autoridades chilenas con relación a su abierta disponibilidad a negociar una salida soberana al mar para Bolivia. Que se cumplan esos compromisos es el fallo que el país busca en la CIJ.
Aníbal Pinto, presidente de Chile (1876-1881), fue posiblemente la primera autoridad chilena en pronunciarse en favor de la cesión de una salida soberana al mar para Bolivia. En una carta dirigida a Eusebio Lillo (escritor chileno), el 2 de julio de 1880, manifestó: “Las bases para la paz serían por parte de Bolivia: renuncia de sus derechos en Antofagasta y Litoral hasta el Loa, y en compensación cederíamos los derechos que las armas nos han dado sobre los departamentos de Tacna y Moquegua”.
El canciller de Pinto, Domingo Santa María (luego también presidente), se pronunció en ese mismo sentido: “No olvidemos por un instante que no podemos ahogar a Bolivia… Privada de Antofagasta y de todo el Litoral que antes poseía hasta el Loa, debemos proporcionarle por alguna parte un puerto suyo, una puerta de calle. (...) No podemos ni debemos matar a Bolivia…”.
Ricardo Lagos, expresidente de Chile, dio la razón, en 2011, a Santa María, si bien hoy fue arrastrado a la posición más conservadora: “el ministro Santa María tenía razón cuando le señaló al presidente Pinto que había que resolver el tema, porque no podía haber un Estado que no tuviera acceso al Pacífico como le había sucedido a Bolivia. En consecuencia, hay que buscar una solución...” (presentación del libro “Un futuro común. Chile, Bolivia, Perú”, Libro del Mar).
Jorge Montt, presidente de Chile de 1891 a 1896, también estuvo a favor de la cesión. Fue en su gobierno que se negoció y firmó el Tratado de Transferencia de Territorios con el que se daría Tacna o Arica a Bolivia a perpetuidad. Su canciller, Luis Barros, puso su firma en ese documento.
Luego estuvieron las gestiones del presidente Juan Luis Sanfuentes (1915-1920) y su embajador plenipotenciario en La Paz, Emilio Bello. Firmaron el Acta Protocolizada de 1920, que habla de la necesidad de dar a Bolivia una salida por fuera del Tratado de 1904.
Otro caso es el del presidente Arturo Alessandri (1920-1924), quien dijo en 1923 a la prensa: “Sí, señor. En caso de que el fallo arbitral (a cargo de los Estados Unidos) que naturalmente se inspirará en la justicia y en el derecho, lo permita, es mi resolución considerar generosamente las aspiraciones de Bolivia, en la forma y en los términos clara y frecuentemente planificados…” (Periódico El Mercurio, 4 de abril de 1923).
Pasando a otro episodio, por la negociación llevada a cabo por el secretario de Estado de los Estados Unidos, Frank Kellogg, se conoce las comunicaciones del embajador estadounidense en Santiago, W. Miller Collier, con su país. Sobre el canciller Beltrán Mathieu Andrews (administración del presidente Emiliano Figueroa Larraín), Collier primero informó que “el canciller Mathieu personalmente deseaba transferir toda la provincia de Arica a Bolivia, y que necesitaría unos días para convencer al Presidente y a los Comités de Relaciones Exteriores del Senado y la Cámara de Diputados sobre la citada solución” (Estados Unidos y el Mar, Jorge Gumucio).
Asimismo, en otra comunicación, Collier respondió a Kellogg que Mathieu había sugerido que Chile podría aceptar ceder a Bolivia un corredor de cuatro kilómetros de ancho que incluiría la parte norte de la ciudad de Arica. (Gumucio)
Por último, Collier desde Santiago informó a su país su parecer sobre Mathieu: el gran obstáculo a la solución del corredor para Bolivia era en realidad Mathieu, quien sostenía que la mejor solución era entregar la totalidad de Tacna y Arica a Bolivia y persistía en esa posición. (Gumucio)
Estos últimos hechos apuntados no son ni declaración ni documentos; sin embargo, el embajador de Estados Unidos da fe de la disposición de Mathieu en sus conversaciones durante la mediación Kellogg.
Son conocidas las posiciones a favor de una salida marítima para Bolivia de Gabriel González (Presidente de Chile de 1946 a 1952) y su canciller Horacio Walker por las notas de 1950; también de Jorge Alessandri (Presidente de 1958 a1964) y su embajador en La Paz, Manuel Trucco, al ratificar en 1961 las notas del 50. Asimismo, es conocida la posición de Augusto Pinochet al firmar la declaración conjunta de Charaña en 1975. Lo mismo puede decirse de su canciller Patricio Carvajal.
Luego vino el Enfoque Fresco (1986) y la interrumpida conversación de Algarbe (2000) durante la administración de Eduardo Frei, quien luego, en 2011, dijera: “Sé que darle una salida al mar a Bolivia encuentra aún muchas resistencias en nuestro país, pero sinceramente pienso que no podemos pasarnos toda la vida discutiendo este tema” (presentación del libro “Un futuro común. Chile, Bolivia”, Libro del Mar).
Luego vino Michelle Bachelet y se inició la Agenda de los 13 puntos. El sexto es, en rigor, una negociación para dar solución al enclaustramiento marítimo. Cuando Bachelet fue sucedida por Sebastián Piñera, éste dio continuidad a la negociación, sin embargo se dilató el tratamiento del punto seis. Bolivia vio que no había intenciones de la contraparte de abordarlo por lo que se planteó la demanda ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya.
El patrón del comportamiento de Estado de Chile, que va del siglo XIX a la década de los ochentas del XX, y que se caracteriza por la política de apertura y negociación, dista del que comienza en los 90, cuando todas las negociaciones o se interrumpen o son infructuosas.

Bolivia y Chile cierran etapa de alegatos en la CIJ, esperan fallo

Las observaciones que plantearon ambos países sobre el concepto de ‘acceso soberano al mar’ se mantienen en reserva. La Corte delibera 
Delegación. La comitiva boliviana a la conclusión de la presentación de los alegatos en La Haya, el 8 de mayo.
Delegación. La comitiva boliviana a la conclusión de la presentación de los alegatos en La Haya, el 8 de mayo. ABI.
La Razón (Edición Impresa) / Rubén Ariñez / La Paz
03:42 / 16 de mayo de 2015
Bolivia y Chile presentaron ayer sus observaciones sobre el concepto de “acceso soberano al mar” y así cerraron la fase de los alegatos orales que debatió la objeción planteada por Chile a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para tratar la demanda marítima. 
Al término de las audiencias orales, celebradas en La Haya entre el 4 y 8 de mayo, el juez japonés Hisashi Owada solicitó a ambos países precisar ese concepto, que —según el magistrado— no está reconocido en el derecho internacional. Las respuestas, entregadas el 13 de mayo, generaron observaciones y réplicas escritas de los litigantes que se entregaron ayer a la CIJ.
El presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García Linera, el procurador del Estado, Héctor Arce; los ministros de Defensa, Reymi Ferreira, y de Gobierno, Hugo Moldiz, además del representante para la demanda marítima Carlos Mesa y el excanciller Gustavo Fernández, entre otros miembros del equipo, trabajaron —entre el jueves y ayer— en el Palacio Quemado las observaciones que se entregaron ayer en Holanda.
ESCRITOS. Las observaciones y comentarios que plantearon La Paz y Santiago sobre la interpelación del magistrado Hisashi aún se mantienen en reserva. “Nuestras observaciones han sido categóricas y contundentes, y la respuesta de Chile nos ha ayudado mucho para hacer más sólida nuestra demanda”, explicó ayer el presidente del Senado, José Alberto Gonzales, quien estuvo junto a Morales durante la redacción del documento.
Desde Santiago, el canciller de Chile, Heraldo Muñoz, también confirmó la entrega de las “observaciones” de su país y puntualizó que su país respondió “de manera clara” a la pregunta del juez de la CIJ sin dar detalles de su contenido. Desde La Paz, el senador Gonzales indicó que el escrito chileno “ratificó básicamente las exposiciones de los alegatos”.
En las audiencias, el equipo jurídico chileno refrendó su postura de que Bolivia intenta desconocer el Tratado de 1904, que estableció los límites entre ambas naciones. La hipótesis fue rebatida por los juristas internacionales que representan al país bajo el argumento de que el reclamo boliviano no toca, en ningún sentido, este pacto y, por el contrario, apunta a los ofrecimientos chilenos de mar con soberanía. El agente de Bolivia en la CIJ, Eduardo Rodríguez Veltzé, y la coagente chilena, María Teresa Infante, fueron los responsables de esta tarea.
“Estamos con inmensa expectativa”, apuntó Gonzales, criterio que es compartido por las autoridades bolivianas que vaticinan un fallo favorable que reabra el juicio para que la Corte dirima sobre la demanda boliviana: una negociación “de buena fe” con Chile sobre la base de ofrecimientos de un acceso soberano al mar.
El optimismo boliviano también se basa en el hecho de que en la ronda de alegatos orales, convocada solo para un tema preliminar, se discutió el fondo del asunto. La coagente Infante dijo el jueves a EFE que la respuesta a la CIJ fue aclarar que “lo que Bolivia pide es un acceso soberano al mar con territorio”. Así, los dos países están ahora a la espera del dictamen de la CIJ que se conocerá el último trimestre de este año, según las previsiones, aunque no existen plazos definidos.
El artículo 72 del Reglamento de la Corte le faculta a “reabrir” la fase oral del litigio “en caso necesario” y luego de haber recibido las respuestas y las observaciones a la pregunta formulada por uno de sus magistrados. El presidente de la Corte, el francés Ronny Abraham, aclaró, al cerrar las audiencias de la primera semana de mayo, que ahora resta la deliberación en privado de los 15 jueces que son parte del tribunal, el más importante de las Naciones Unidas.
Ruta para el fallo de la demanda
Debate
Una vez concluida la fase de alegatos orales, los jueces iniciarán la deliberación de los argumentos expuestos por Bolivia y Chile sobre la jurisdicción en el caso del mar.
Presidente
El juez francés Ronny Abraham presidirá las deliberaciones y las resumirá en preguntas internas que le permitirán establecer la tendencia mayoritaria.
Fallo
Los jueces elegirán, por voto secreto, a un comité de redacción del fallo que, tras una revisión final, será sometido a un último escrutinio. El fallo decidirá si se trata o no el fondo del caso.
‘El diferendo no se refiere al Tratado de 1904’
Chile insistió en que el objetivo real de Bolivia era derogar o volver a abrir lo que ya se había resuelto por acuerdo entre partes. Esto es erróneo, Bolivia no impugna lo que las partes aceptaron en el pasado; lo que pide es el respeto de lo que ha sido acordado por las dos partes.
Para formularlo de otra manera, Bolivia no pide a la Corte que modifique el ordenamiento jurídico, ni que ponga en tela de juicio el derecho internacional en vigor entre las partes, ni que vuelva a abrir cuestiones que ya han sido resueltas, Bolivia tampoco pide que se fuerce la voluntad de Chile, lo que pide Bolivia es el respeto a los compromisos adoptados por el propio Chile, es el respeto de la voluntad manifestada por Chile.
Al pedirles a ustedes que constaten que Chile se comprometió a negociar un acceso soberano al mar en beneficio de Bolivia. El país pide a la Corte una decisión que no será sino el espejo que refleje los compromisos que Chile libremente contrajo en pleno ejercicio de su soberanía.
El principio según el cual la facultad de concluir compromisos internacionales es un atributo de la soberanía del Estado se aplica igualmente al Tratado de 1904 y a los compromisos de negociar suscritos por Chile, y no sería comprensible que estos compromisos se reduzcan a la naturaleza de papel mojado, solamente porque Chile hoy pone en tela de juicio su existencia.
En conclusión, el objeto del diferendo entre las dos partes se diferencia muy claramente: Chile estima hoy que el derecho en vigor entre los dos estados se limita al Tratado de 1904; Bolivia estima, por su parte, que el derecho en vigor entre los dos Estados comprende a la vez al Tratado de 1904 y el compromiso de Chile de negociar con el fin de conceder a Bolivia un acceso soberano al mar.  (Extracto de la exposición de Mathias Forteau, abogado francés del equipo boliviano, en el alegato del 6 de mayo ante la CIJ. Traducción del francés no oficial)

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