miércoles, 6 de mayo de 2015

Bolivia en la CIJ: El Tratado de 1904 no zanjó el conflicto marítimo y Chile ofreció negociar El equipo jurídico boliviano, encabez





Las frases que marcaron la exposición del equipo jurídico boliviano en la CIJ

El agente Eduardo Rodríguez encabezó en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) los alegatos orales para defender la competencia de la corte en la causa marítima. Aseguró que la demanda no toca el Tratado de 1904 y pretende que Chile cumpla sus ofrecimientos de solución del diferendo .
La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz
10:02 / 06 de mayo de 2015
Bolivia expuso hoy sus alegatos ante la Corte Internacional de Justicia, en La Haya, y la participación de los miembros del equipo jurídico boliviano quedó marcada por algunas frases que fueron difundidas mediante las redes sociales.
Las expresiones de la profesora Monique Chemiller-Gendreau fueron de las más contundentes a la hora de fijar los argumentos de defensa de Bolivia y de la competencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Acusó a Chile de ‘amnesia colectiva’ y de sufrir alucinaciones, mientras que Antonio Remiro Brotóns denunció un intento de ‘torpedear” la jurisdicción de la Corte.
Aquí un resumen de estas frases que quedan para el archivo:
Eduardo Rodríguez Veltzé, agente de Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia
-Bolivia quiere dejar bien claro que no se presenta ante la corte para rechazar o repudiar el Tratado de 1904 y las cuatro enmiendas posteriores promovidas por Chile
-En 2011, tras más de un siglo de promesas repetidas y de negociaciones, Chile repudió directamente ese acuerdo, obligación de negociar el acceso soberano al mar
- Bolivia es un país pacífico y tiene fe en sus derechos
-Chile pinta ahora a Bolivia como un país que no respeta los tratados, simplemente porque Bolivia reclama sus derechos
-¿Por qué Chile ahora hace todo lo posible para dejar sin efecto la jurisdicción de esta corte?
-Este caso no se refiere a situaciones del pasado, sino se trata de la promesa (de solución) que significa futuro
-Nada justifica este enfrentamiento para siempre, ha llegado el momento de la Justicia
Mathías Forteau, abogado representante de Bolivia
-La estrategia de Chile ha consistido en deformar de alguna manera la solicitud de Bolivia, presentándola como un intento de volver a poner en tela de juicio, y a título unilateral, el Tratado de 1904
-Con el fin de disipar estas nubes de confusión que ha creado Chile artificialmente, es importante presentar cuál es el objeto preciso de la solicitud de Bolivia (negociar de buena fe para lograr un acceso soberano al Pacífico)
-Bolivia no denunció el Tratado de 1904 y tampoco les  ha pedido a ustedes que lo hagan en su nombre
-Lo que está en juego es una demanda relativa a la existencia, según Bolivia, de una obligación que afectaría a Chile de negociar un acceso soberano
-En 1996, la corte señaló que una obligación consentida de negociación incluye su propia ejecución conforme al principio de buena fe
-Esta demanda entra sin posible discusión en la base de la competencia que Bolivia invoca
Monique Chemillier-Gendrear, abogada representante de Bolivia
-Chile ha deformado el objeto del presente diferendo con el fin de construir de forma artificial una objeción preliminar
-Chile procura ocultar otros compromisos que suscribió en múltiples ocasiones bajo la forma de promesas unilaterales o intercambio de cartas, son la fuente de su obligación de negociar de buena fe un acceso soberano al mar en beneficio de Bolivia
-Para llegar a ese punto (argumento de incompetencia) ha sido necesario que los representantes de Chile sean invadidos de una extraña amnesia colectiva cuyos síntomas los presentan ahora
-Al amparo de estos olvidados masivos, Chile fundamenta su objeción
-Chile, al proceder a esta conquista, tenía conciencia de que existía ahí una injusticia que no podría dejar en esas circunstancias
-La cuestión del acceso soberana de Bolivia al mar no quedó solventada cuando intervino el Pacto de Bogotá y tampoco quedó resuelta 30 años después
-Trataron la delimitación marítima entre Chile y Perú y ahí Chile se refirió de manera explícita a las negociaciones en las cuales, durante distintas épocas, había reconocido la necesidad de cederle a Bolivia un corredor al mar
- Y eso justifica que en su decisión del 27 de enero 2014 de ustedes (sobre Perú y Chile), la corte declaró lo siguiente: ‘Y es que en 1975, 1976, Chile inició negociación con Bolivia sobre un proyecto de intercambio de territorios destinado a asegurarle a Bolivia un acceso al mar y un espacio marítimo adyacente.
-Así que ustedes mismos, ustedes, miembros de la corte, tomaron nota de que la cuestión del acceso soberano de Bolivia al mar permanecía como cuestión abierta entre Bolivia y Chile
-Chile trata de orientar a la Corte hacia una percepción alucinatoria de lo que le afecta, se ve cegado por la luz del desierto de Atacama, que en otro tiempo fue boliviano, y ve un espejismo con dos obstáculos ante la competencia de la corte
-Esto es propio de los espejismos, se desbaratan ante la realidad y así los obstáculos inventados no tienen más realidad que la rosas de Atacama emanadas de la imaginación de Luis Sepulveda. Estas rosas florecen una vez cada año y se disuelven, y el sol las calcina. Esto es algo para los que aman la literatura, pero no puede ser el fundamento de una solución justa en un diferendo internacional.
Antonio Remiro Brotóns, abogado representante de Bolivia
- El Tratado de 1904 no ha podido resolver el tema pendiente con Bolivia
- Chile trata de torpedear la competencia de la Corte
- No podemos dejar que el Tratado de 1904 se use como ácido corrosivo para romper la competencia de la CIJ
- Bolivia no quiere eludir nada, es Chile que no quiere asumir sus compromisos
- Bolivia no ha presentado ante la CIJ un diferendo territorial como pretende hacer ver Chile
- Tras la firma del Tratado de 1904 Chile expresó una y otra vez su decisión de diálogo sobre la causa marítima
- La objeción de Chile es absolutamente ajena a la solicitud boliviana
Payam Akhavan, abogado representante de Bolivia
- Los argumentos de Chile no tienen fundamento. Bolivia no cuestiona el Tratado de 1904
- Chile crea una especie de objeción falsa ante los jueces de la CIJ
- Las obligaciones de Chile emanan de sus propias promesas expresadas a lo largo de más de un siglo
- La falsa objeción de Chile se refiere a una cuestión distinta a la que Bolivia presenta en la Corte
- Lo que Chile pide con su objeción es que la CIJ tome una decisión sobre el fondo de la demanda
- Está claro que un asunto que está en negociación (la demanda marítima) es un asunto que no está resuelto
- Si hay alguna duda de que un asunto ha quedado resuelto, entonces la Corte debe asumir su competencia
- Chile pretende congelar la historia en 1904
- Chile intenta tergiversar los hechos, usa una argumentación fabricada para que la CIJ se declare incompetente.

Forteau: El Pacto de Bogotá concede a La Haya competencia en todo lo relacionado con el derecho internacional

El abogado francés, miembro del equipo jurídico boliviano que presentó los alegatos en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, aseguró que la obligación de negociar que pesa sobre Chile emana de compromisos distintos, separados, que están aparte del Tratado de 1904.
El abogado francés Mathias Forteau, miembro del equipo jurídico boliviano que presentó los alegatos en la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
El abogado francés Mathias Forteau, miembro del equipo jurídico boliviano que presentó los alegatos en la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
La Razón Digital / ABI / La Haya
08:28 / 06 de mayo de 2015
El abogado francés Mathias Forteau, miembro del equipo jurídico boliviano que presentó los alegatos en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, afirmó el miércoles que el Pacto de Bogotá, en el que Bolivia fundamenta su demanda contra Chile, concede la competencia importantísima a ese alto tribunal en virtud de su artículo 31.
"Todo el mundo sabe que el sistema jurisdiccional establecido por el Pacto de Bogotá concede la competencia importantísima a esta Corte. En virtud del artículo 31 de dicho Pacto la Corte tiene competencia en todo lo que está relacionado con el derecho internacional, incluyendo aquellos asuntos que se opongan a contravención o al no respeto de una obligación internacional", argumentó.
Explicó que, "a la luz de la norma establecida" por la Corte en 2007, no cabe duda alguna de que la objeción preliminar planteada por Chile debe rechazarse al recordar que las cuestiones presentadas por Bolivia ,con arreglo al artículo 31 del Pacto de Bogotá "consisten en definitiva en que la Corte constate que en paralelo o paralelamente al Tratado de 1904 Chile asumió el compromiso a través de una serie de acuerdos y promesas unilaterales a negociar en beneficio de Bolivia el acceso con soberanía, el acceso soberano al mar y a constatar que Chile no ha respetado ese compromiso de negociar".
En esa línea, aseguró que la obligación de negociar que pesa sobre Chile emana de compromisos distintos, separados, que están aparte del Tratado de 1904 y dijo que esa es "la razón clarísima" por la que el Tratado de 1904 "sencillamente es una cuestión que queda fuera o aparte del ámbito y de la temática que estamos tratando en esta causa".
El jurista francés explicó que para evadir o para escapar a esa conclusión, "que es la única posible", Chile se ha esforzado en crear dificultades de interpretación y crear confusiones.
Agregó que Chile ha actuado como si nada existiese en el mundo aparte del Tratado de 1904 y sobre la base de dicho postulado, de que no habría ningún otro instrumento que vinculase a Chile y a Bolivia, ha llegado a la conclusión de que todo habría quedado zanjado a través de dicho Tratado y que en consecuencia la Corte de ninguna manera podría entender o conocer del caso de Bolivia.
A su juicio, una respuesta tan esquiva, que deja claro que pretenden eludir los propios términos de la solicitud de Bolivia, que consiste precisamente en hacer reconocer que existe aparte y en paralelo al Tratado de 1904 el compromiso de negociar que ha asumido Chile con Bolivia.
En esa línea, recordó que Chile, en sus alegatos, "nada ha dicho sobre el hecho de que se comprometió en varias oportunidades a través de acuerdos bilaterales y promesa unilaterales negociar el acceso soberano al mar".
"Bolivia recalcó en particular que esos compromisos y esas promesas fueron hechas por los más altos representantes del Estado de Chile que tomaron la forma de compromisos bilaterales y promesas unilaterales en ocasión en particular", explicó y citó algunos ejemplos de esos compromisos como el intercambio de notas de 1950, de la Declaración Común de Charaña, del 8 de febrero de 1975; de la nota del ministro de Asuntos Extranjeros Exteriores de Chile el 19 de diciembre de 1975 y "de numerosas promesas unilaterales confirmadas en el marco de la Organización de Estados Americanos a lo largo de los años 70 y 80 del siglo pasado, en particular por conducta de la resolución de 1983 que fue negociada y aprobada por Chile y por Bolivia".
"En el memorial de Bolivia igualmente precisó que estos compromisos se reiteraron en numerosas ocasiones durante varios decenios creando con ello expectativas jurídicas legítimas para la parte boliviana", complementó.
Dijo que por lo tanto, se identifica perfectamente el objeto del diferendo y reiteró que Bolivia estima que los compromisos y la conducta de Chile, dieron lugar a una obligación de negociar que no se respetó.
"Chile por su parte pugna que su conducta haya dado lugar a esta obligación, este es el objeto del diferendo que se presenta a su juicio", respaldó.
"La realidad señores y señoras de la Corte, es que precisamente que Bolivia no denunció el tratado de 1904, y que tampoco les pidió a ustedes que lo hagan en su nombre, una vez más la solicitud boliviana es inequívoca, Bolivia no pone en causa la existencia del tratado de 1904, lo que les pide es constatar que existe al lado del tratado de 1904, otros compromisos, por los cuales Chile se comprometió a negociar un acceso de pleno dominio al mar en beneficio de Bolivia, urgió.
Puntualizó que en una opinión consultiva de 1996 la Corte señaló que una obligación consentida de negociar incluye su propia ejecución conforme al principio de buena fe y consideró que esa propia ejecución de la obligación de negociar, contratada por Chile para con Bolivia, es el objeto de la demanda que se introdujo en abril del 2013 por lo que esa demanda "entra sin posible discusión en la base de las competencias que Bolivia invoca".

Convocan a marcha para apoyar demanda marítima boliviana en Antofagasta

Según el matutino digital El Diario de Antofagasta, la convocatoria está dirigida todos los simpatizantes de la causa marítima boliviana que viven en esa región.
La Razón Digital / ABI, Agencias / La Paz
22:27 / 05 de mayo de 2015
Ciudadanos chilenos y residentes bolivianos convocaron este martes a una marcha pacífica para apoyar la demanda marítima boliviana en la ciudad de Antofagasta, informaron medios chilenos.
Según el matutino digital El Diario de Antofagasta, la convocatoria está dirigida todos los simpatizantes de la causa marítima boliviana que viven en esa región.
Esa convocatoria, también difundida en la red social Facebook, expresa diferentes puntos de vista en esa ciudad, que pertenecía a Bolivia hasta el 14 de febrero de 1879.
Sin embargo, siempre según el Diario de Antofagasta, esa convocatoria se ha transformado en recipiente de toda clase de mensajes, entre ellos, de apoyo y rechazo a esa causa.
En declaraciones a la televisora Bolivia TV, el miembro del Consejo Internacional de Residentes Bolivianos en el Exterior dijo que esa idea nació por iniciativa de los ciudadanos chilenos de esa ciudad.
"Es una marcha pacífica simplemente apoyando las razones contundentes que tiene nuestra demanda presentada ante la CIJ de La Haya y también está siendo organizada tanto por compatriotas y chilenos que han comprendido que la causas marítima es justa", remarcó.
Según el cronograma de la CIJ, tras el feriado del martes en Holanda, por la celebración de la finalización de la Segunda Guerra Mundial, Bolivia hará uso, el miércoles, vía su agente ante la CIJ y ex presidente Eduardo Rodríguez, su derecho a  réplica ante ese estrado.
Chile volverá a argumentar el jueves y Bolivia finalizará el viernes con una nueva participación.
La CIJ podría pronunciar su fallo, ante la excepción presentada por Chile sobre la competencia de ese tribunal para resolver la demanda marítima boliviana entre octubre y diciembre de este año.
Fundada en compromisos escritos rubricados por autoridades chilenas durante el siglo XX, Bolivia ha radicado en la CIJ una demanda para que Chile se avenga a negociar de buena y con efecto vinculante una salida al mar para Bolivia.
Bolivia resignó en 1879 a manos de Chile sus 400 km lineales de costa y 120.000 km2 de territorios preñados de mineral, tras la invasión de su entonces puerto de Antofagasta por fuerzas militares chilenas.

Bulnes considera que Bolivia apuntó a discutir el problema de fondo y eludió las objeciones a la competencia de la CIJ

“Hoy día no hemos oído de parte de Bolivia ningún argumento distinto respecto de los que ya conocemos de su presentación escrita, Bolivia insiste en tratar el fondo de la discusión", dijo el agente de Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
El agente de Chile, Felipe Bulnes, durante su exposición en la CIJ.
El agente de Chile, Felipe Bulnes, durante su exposición en la CIJ.
La Razón Digital / Rodolfo Aliaga / La Paz
09:04 / 06 de mayo de 2015
El agente de Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ), Felipe Bulnes, consideró hoy que el equipo boliviano que expuso sus alegatos en el Palacio de la Paz, en La Haya, centró su argumentación en tocar el tema de fondo de la demanda y no en refutar los fundamentos chilenos sobre la jurisdicción de la Corte.
“Hoy día no hemos oído de parte de Bolivia ningún argumento distinto respecto de los que ya conocemos de su presentación escrita, Bolivia insiste en tratar el fondo de la discusión, los méritos o la falta de mérito de su caso, pero elude la discusión que se está sosteniendo en este momento ante la Corte (…) si es que la Corte tiene jurisdicción”, señaló poco después de que concluyera la exposición boliviana, según publica el diario El Mercurio.
Los alegatos de Chile, presentados el lunes ante la CIJ, se cimentaron en argumentar que la Corte no tiene jurisdicción para emitir un fallo en torno a la demanda marítima boliviana porque, a decir del equipo jurídico del país vecino, es un caso ya dirimido en el Tratado de 1904. El equipo boliviano, no obstante, argumentó hoy que el tratado no zanjó el conflicto y que prueba de ello son las reiteradas oportunidades en que Chile se abrió a dialogar sobre este asunto.
Tras escuchar la posición boliviana, Bulnes se declaró extrañado por no oír una postura más evidente sobre los alegatos de su país y aseguró que la tesis chilena se mantiene y que la respuesta de mañana, durante la réplica, será contundente.
“Echamos de menos muchas respuestas de parte de Bolivia, el planteamiento de Chile es una realidad y esto no se cambia en virtud de palabras y o de silencios, la paradoja que Bolivia propone mientras más niega, más afirma. Pueden tener la plena confianza que responderemos mañana con contundencia a lo que ha sido la presentación de Bolivia”, enfatizó.
Una vez terminada la presentación de alegatos de ambos países, se espera para mañana la respuesta de Chile y el viernes será el turno de Bolivia.

Posición chilena en La Haya

En reiteradas ocasiones Chile ha manifestado estar dispuesto a negociar una salida al mar para Bolivia
La Razón (Edición Impresa) / Ramiro Prudencio Lizón
00:01 / 06 de mayo de 2015
El lunes, la delegación chilena en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, presentó sus alegatos orales con el fin de pedir a ese tribunal internacional que se declare incompetente ante la demanda nacional de que Chile se obligue a ingresar en una negociación de buena fe para solucionar el problema marítimo boliviano. Pues bien, todos los delegados chilenos que participaron ante la CIJ tuvieron un fin común: el de demostrar que lo que Bolivia desea en el fondo de su demanda es la modificación del Tratado de Paz de 1904; y si esto lo obtiene, perturbaría la armonía internacional, ya que muchos otros países pedirían también la revisión de tratados que los considerasen gravosos. Además, incidieron en que el único modo de que se concediese un territorio litoral a Bolivia con plena soberanía sería modificando precisamente el Tratado de Paz.
Es de lamentar que dichos delegados no conociesen la historia de nuestras relaciones bilaterales con respecto al problema marítimo nacional. Primeramente cabe destacar que el suscriptor del Tratado de Paz, don Emilio Bello Codesido, vino a La Paz en 1919 con objeto de llegar a un acuerdo dando una salida al mar propia y soberana a Bolivia. Esto demuestra que el propio firmante del Tratado de Paz lo consideraba muy oneroso. De este modo se aprobó el Acta Protocolizada de 10 de enero de 1920, donde se estipula que se procurará un acuerdo “que permita a Bolivia satisfacer su aspiración de obtener una salida propia al Pacífico, independientemente de la situación definitiva creada por las estipulaciones del Tratado de Paz y Amistad de 20 de Octubre de 1904”. El acta señala que Chile está dispuesto a ceder a Bolivia “una parte importante de esa zona al norte de Arica y de la línea del ferrocarril que se halla dentro de los territorios sometidos al plebiscito estipulado en el Tratado de Ancón”.
Años después, en 1950, se determinó un intercambio de notas entre el embajador de Bolivia en Chile, don Alberto Ostria Gutiérrez, y el canciller chileno, don Horacio Walker Larraín. La nota de este último, fechada el 20 de junio de 1950, decía al respecto que el Gobierno chileno, “junto con resguardar la situación de derecho establecida en el Tratado de Paz de 1904, ha estado dispuesto a estudiar, en gestiones directas con Bolivia, la posibilidad de satisfacer las aspiraciones del Gobierno de VE y los intereses de Chile”. Después continúa mencionando que su país “está llano a entrar formalmente en una negociación directa destinada a buscar la fórmula que pueda hacer posible dar a Bolivia una salida propia y soberana al océano Pacífico”.
Luego, en 1961, el embajador chileno en La Paz, don Manuel Trucco, presentó un memorándum el 10 de julio de 1961. En ese documento se recuerda a las notas de 1950 y se reitera que su país “ha estado llano, junto con resguardar la situación de derecho establecida en el Tratado de Paz de 1904, a estudiar, en gestiones directas con Bolivia, la posibilidad de satisfacer las aspiraciones de ésta”.
Por último, en la negociación de Charaña, el canciller chileno, almirante Patricio Carvajal, cursó una nota al embajador de Bolivia en Santiago, de fecha 19 de diciembre, donde en sus partes salientes dice: “La respuesta chilena se funda en un arreglo de mutua conveniencia y contemplaría los intereses de ambos países y que no contendría innovación alguna a las estipulaciones del Tratado de Paz de 1904”. Y luego presenta su solución: cesión de un corredor al norte de Arica con continuidad territorial desde Bolivia hasta el mar, mediante un canje de territorios.
Como se puede observar, en todas las ocasiones señaladas Chile ha manifestado estar dispuesto a negociar una salida al mar, al margen del Tratado de Paz. Pero ahora, quizás por desconocimiento de estos documentos, la delegación de Chile en la Corte de La Haya ha cambiado de parecer, e insiste absurdamente en la necesidad perentoria de tocar el Tratado de Paz para cualquier tratamiento del asunto marítimo nacional.


Bolivia en la CIJ: El Tratado de 1904 no zanjó el conflicto marítimo y Chile ofreció negociar

El equipo jurídico boliviano, encabezado por el agente Eduardo Rodríguez, defendió la competencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) con el argumento de que la demanda no toca el Tratado de 1904 y se asienta en el incumplimiento chileno de resolver el diferendo independientemente de ese documento bilateral. La abogada Monique Chemillier dijo que Chile sufre de “amnesia colectiva” y Antonio Remiro Brotóns dijo que "trata de torpedear la competencia de la Corte".
El agente boliviano Eduardo Rodríguez Veltzé expone ante la CIJ
El agente boliviano Eduardo Rodríguez Veltzé expone ante la CIJ
La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz
07:05 / 06 de mayo de 2015
En la segunda jornada de alegatos orales, el equipo jurídico boliviano defendió hoy la competencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para tratar la causa marítima asegurando que la demanda contra Chile está asentada en el incumplimiento de los compromisos que ese país hizo para resolver el diferendo marítimo al margen del Tratado de 1904, lo que a su vez demuestra que ese documento bilateral no zanjó el conflicto.
Advirtió además que Chile utiliza argumentos equivocados para que la CIJ se declare incompetente para tratar la demanda y reclamó la competencia de este tribunal.
El agente Eduardo Rodríguez Veltzé empezó a las 04.03 de hoy la exposición de los alegatos en respuesta a los expuestos por Chile el lunes para que la corte niegue jurisdicción sobre la causa boliviana, bajo el criterio de que la demanda buscaría la renegociación del Tratado de 1904, lo que estaría vetado por el artículo VI del Pacto de Bogotá, que deja al margen de su competencia tratados vigentes antes de su constitución, en 1948.
La argumentación boliviana se centró en demostrar que la demanda no toca el Tratado de 1904, como pretende hacer ver Chile, y que los compromisos de solución inconclusos trascendieron el año de constitución del Pacto de Bogotá  , lo que demuestra que este no puede ser argumento para que la CIJ declare su incompetencia. “Lo que pide Bolivia, tal como se manifiesta en su solicitud, es que Chile cumpla su obligación, que respete sus promesas repetidas, su acuerdo de negociar el acceso con soberanía al  mar, un acuerdo independiente del Tratado de 1904”, afirmó el agente frente a los 13 jueces internacionales de la corte.
El presidente Evo Morales, junto al gabinete ministerial, siguió desde el Palacio de Gobierno el desarrollo de los alegatos orales.
A su turno, los abogados Mathias Forteau, Monique Chemillier, Antonio Remiro Brotóns y Payan Akhavan fundamentaron jurídicamente la postura boliviana, apoyados en la jurisprudencia internacional y documentos chilenos que confirman los compromisos de diálogo después del Tratado de 1904.
Chemillier fue la más contundente con la argumentación y acusó a Chile de “amnesia colectiva” por olvidar sus compromisos de negociar y recordó que, tras anunciada la presentación de la demanda, el propio canciller chileno, Heraldo Muñoz, reconoció que la fundamentación no tocaba el documento bilateral de límites de hace más de 100 años.
Mientras el país demandado apoyó su posición en el artículo VI del Pacto de Bogotá, La Paz reivindicó el artículo XXXI del mismo documento, que establece entre otros aspectos que la corte es competente para tratar controversias como “la existencia de todo hecho que, si fuera establecido, constituiría la violación de una obligación internacional” y “la naturaleza o extensión de la reparación que ha de hacerse por el quebrantamiento de una obligación internacional”.
Rodríguez recordó que en diferentes momentos de la historia Chile ofreció solucionar el diferendo marítimo al margen del Tratado de 1904, lo que demuestra que el conflicto no fue zanjado por ese documento suscrito hace más de 100 años. Forteau respaldó la posición boliviana recordando la agenda bilateral de 13 puntos acordada en 2006, donde fue inscrito el tema de la demanda marítima.
En esa lógica, la posición boliviana estableció que la permanencia del diferendo sobreviene a 1948, cuando fue constituido el Pacto de Bogotá, por lo que la corte es competente para procesar la causa boliviana.
“La forma de promesas unilaterales o de intercambio de cartas, son la fuente de su obligación de negociar de buena fe un acceso soberano al mar en beneficio a Bolivia. Ahí estriba la cuestión del derecho internacional sobre la obligación que el Pacto de Bogotá les da competencia”, apuntó Chemillier tras hacer una recapitulación histórica de los hitos de propuestas de solución chilena en 1920, 1923, 1926, 1947, 1950, 1961, 1975 y 1983.
La abogada también respaldó el principio de que el Tratado no resolvió el conflicto, recordando que fue el propio Chile que mencionó el diferendo, principalmente la propuesta de solución de 1979 de ofrecer a Bolivia un corredor al norte de Arica para una salida soberana al mar, en el litigio por límites marítimos que enfrentó con Perú en la misma CIJ.
“Está claro que un asunto que está en negociación (la demanda marítima) es un asunto que no está resuelto”, coincidió Akhavan en referencia a aspectos como la agenda de 13 puntos, que fue congelada en el gobierno de Sebastían Piñera, que cerró la negociación sobre el tema del mar, arrastrado desde 1879 tras la invasión y posterior Guerra del Pacífico.
Remiro Brotóns aseguró a su turno que Bolivia no presentó ante la corte un diferendo territorial, por lo que “no podemos dejar que el Tratado de 1904 se use como "ácido corrosivo" para romper la competencia de la CIJ”. Añadió que Chile "trata de torpedear la competencia de la Corte" con argumentos alejados del contenido de la demanda.
La exposición de alegatos concluyó a las 06.53. Mañana es el turno de la réplica chilena y el viernes el turno de Bolivia. Luego los jueces debatirán y definirán su competencia y no para tratar la causa boliviana.

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