Mapa 14-a
CHILI, LA PLATA, AND URUGUAY (1844)
Autor: Samuel Augustus Mitchell
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Mapa 15-a
CHILI AND LA PLATA (1851)
Autor: R. M. Martin y J. y F. Tallis
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El 14 de septiembre de 1830, el Ministro del Interior Diego Portales, en nombre del gobierno sureño, contrató al científico francés Claudio Gay con el fin de efectuar un levantamiento cartográfico del territorio chileno. De acuerdo con el artículo segundo del convenio, el francés Gay se comprometió a preparar cartas geográficas de cada una de las provincias de Chile.
Entre 1830 y 1842, con la finalidad de cumplir el encargo recibido, Claudio Gay recorrió Chile desde su límite norte, en el despoblado de Atacama, hasta su extremo sur, en la Isla Grande de Chiloé. La obra preparada por Gay apareció entre 1854 y 1864 con el título de Atlas de la Historia Física y Política de Chile.
Con la finalidad de conocer cuáles eran los límites aceptados por Chile en esos años, hemos extraido de dicho Atlas el mapa general de ese país y el de su provincia más septentrional, denominada Atacama, creada en 1843.
Tras la lectura de ambos mapas puede llegarse a la conclusión que el límite norte de Chile no iba más allá del paralelo 26 de latitud sur. Específicamente, la carta geográfica de la provincia de Atacama muestra en el extremo norte de dicha circunscripción al pueblo de Chañaral, ubicado en los 26° 20’ de latitud sur.
Precisamente, la demarcación de la frontera en el paralelo 26 es el mismo límite que Bolivia siempre proclamó como su frontera sur. En el mapa de Claudio Gay, elaborado por orden oficial del gobierno de Chile, queda claro que el territorio de ese país no incluía asentamientos bolivianos como Antofagasta, La Chimba, Tocopilla, Cobija, Calama, Caracoles o Mejillones, mucho menos los pueblos peruanos de Tarapacá, Iquique o Arica, todos ellos ubicados al norte del paralelo 26, es decir fuera del área de soberanía chilena.
Una de las conclusiones más importantes de las cartas geográficas publicadas por Gay es que el paralelo 26 señala la frontera entre Chile y Bolivia. Este hallazgo es aún más interesante cuando se toma en cuenta que los mapas fueron levantados por un científico prestigioso y respetado, como Claudio Gay, bajo contrato oficial con el gobierno de Chile, representado por Diego Portales.
Fuente chilena: Gay, Claudio. 1854. Atlas de la Historia Física y Política de Chile. París: Imprenta de E. Thunot y Cía. Tomo Primero.
Fuente chilena: Gay, Claudio. 1854. Atlas de la Historia Física y Política de Chile. París: Imprenta de E. Thunot y Cía. Tomo Primero.
Mapa 18-a
ARGENTINE REPUBLIC, CHILI, URUGUAY, AND PARAGUAY (1865)
Autor: G. W. Colton |
Mapa 18-b
Autor: G. W. Colton |
La frontera norte chilena aparece delimitada por el Paposo y su contorno se encuentra representado en color rojo. El desierto de Atacama pertenece a Bolivia. Por tanto, aparece fuera del territorio chileno. La frontera de los dos países está demarcada por el paralelo 25 de latitud sur.
Fuente: Colton, J. H. 1865. Colton's General Atlas. New York: J. H. Colton.
II
CONSTITUCIONES DE CHILE
Las Constituciones chilenas de 1822, 1823, 1828 y 1833 –es decir las anteriores a la Guerra del Salitre– reconocieron que el límite norte de Chile era el desierto de Atacama. Este reconocimiento es el que puede observarse al analizar los mapas, ninguno de los cuales incluye el desierto de Atacama como territorio chileno.
Constitución Política del Estado de Chile
Sancionada y promulgada en 30 de octubre de 1822
Art. 3º. El territorio de Chile conoce por límites naturales: al sur, el Cabo de Hornos; al norte, el despoblado de Atacama; al oriente, los Andes; al occidente, el mar Pacífico. Le pertenecen las islas del Archipiélago de Chiloé, las de la Mocha, las de Juan Fernández, la de Santa María y demás adyacentes.
Constitución Política del Estado de Chile
Promulgada en 29 de diciembre de 1823
Art. 4º. El territorio de Chile comprende de norte a sur, desde el Cabo de Hornos hasta el despoblado de Atacama; y de oriente a poniente, desde las cordilleras de los Andes hasta el mar Pacífico, con todas las islas adyacentes, incluso el archipiélago de Chiloé, las de Juan Fernández, Mocha y Santa María.
Constitución Política de la República de Chile
Promulgada en 8 de agosto de 1828
Art. 2º. Su territorio comprende de Norte a Sur, desde el desierto de Atacama hasta el Cabo de Hornos, y de Oriente a Occidente, desde las Cordilleras de los Andes hasta el Mar Pacífico, con las islas de Juan Fernández y demás adyacentes. Se divide en ocho provincias, que son: Coquimbo, Aconcagua, Santiago, Colchagua, Maule, Concepción, Valdivia y Chiloé.
Constitución Política de la República de Chile
Promulgada en 25 de mayo de 1833
Art. 1º. El territorio de Chile se extiende desde el desierto de Atacama hasta el Cabo de Hornos, y desde las Cordilleras de los Andes hasta el Mar Pacífico, comprendiendo el Archipiélago de Chiloé, todas las Islas adyacentes, y las de Juan Fernández.
Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Mapa de Chile en 1732 reconoce límite norte en el paralelo 25 de latitud sur.- Frontera norte chilena está demarcada por el río Salado |
Mapa de Chile, La Plata y Patagonia en el año 1732. Puede apreciarse que el límite norte del territorio chileno es el paralelo de los 25° en el que aparece la bahía de Nuestra Señora (Our Lady Bay) y el río Salado.
Autor: Geógrafo Herman Moll, impresor: Thomas Bowles
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Los límites entre el Perú y Bolivia y entre Bolivia y Chile antes de 1879
Escribe: Gustavo Pons Muzzo
Hasta 1879 el Perú no tuvo por el sur límites con Chile sino con Bolivia. Era Bolivia quien tenía por la costa del Pacífico límites con Chile. Desde la independencia y hasta 1879, la frontera sur del Perú era el río Loa, al sur del departamento peruano de Tarapacá. El río Loa servía de frontera desde su desembocadura en el mar hasta el pueblo de Quillagua, en su orilla derecha, y desde allí una línea recta hasta encontrar su naciente en la cordillera limítrofe con Bolivia. Era la frontera derivada del Uti Possidetis Juris de 1810 (1) y que el Perú consideró en su demarcación territorial desde los primeros años de la República y la mantuvo al elevarse Tarapacá a la categoría de departamento en 1878.
Al sur de la expresada frontera del río Loa empezaba el territorio de la provincia de Atacama, perteneciente a Bolivia de acuerdo con el Uti Possidetis Juris de 1810. Este territorio de Atacama había pertenecido siempre a la Audiencia de Charcas, sobre cuya base territorial se creó la República de Bolivia. Así figura en la documentación española desde la Real Cédula de creación de esta Audiencia en 1559. Al crearse en 1776 el Virreinato del Río de la Plata, estos territorios se incorporaron al nuevo Virreinato, y así continuaron al confirmarse su creación en 1777 y 1778.
Posteriormente, al darse en 1782 la Real Ordenanza de Intendentes para el Virreinato del Río de la Plata, se dice en ella que el territorio de la Intendencia de Potosí será “la Villa de Potosí con todo el territorio de la Provincia de Porco, en que está situada, y los de las de Chayanta o Charcas, Atacama, Lipes, Chicas y Tarija”. En la Relación del Virrey de Buenos Aires señor Arredondo figura el Partido de Atacama, con su ciudad cabecera San Pedro de Atacama como formando parte de la Intendencia de Potosí, y así continuó hasta el final de la dominación española, pues en la documentación sobre las Intendencias del Virreinato del Perú, figura el Partido de Tarapacá como el más meridional de la Intendencia de Arequipa y no Atacama. En el cuadro de Intendencias y de autoridades del Virreinato del Perú, desde 1807 a 1821, no se encuentran el Partido de Atacama, ni autoridad alguna del Virrey del Perú en esa zona. Solo en 1803 se puso el puerto del Paposo, que lindaba con la Capitanía General de Chile, bajo la autoridad y defensa del Virrey del Perú, como hemos visto, pero no el Partido de Atacama. Tuvo perfecto derecho, pues, Bolívar, cuando en 1825 creó el puerto de Cobija en la “Provincia de Atacama” para dar salida al mar a la flamante República de Bolivia.
Al sur de Atacama, o mejor dicho, al sur del Paposo, comenzaba el territorio de la República de Chile hasta el Estrecho de Magallanes, de acuerdo con el Uti Possidetis Juris de 1810, esto es, al sur de los 25º. La República de Chile reconoció este límite norte suyo en sus Constituciones de 1822, 1823, 1828, 1832 y de 1833. Esta última Constitución, en vigencia al declararse la guerra, decía: “El territorio de Chile se extiende desde el despoblado de Atacama hasta el Cabo de Hornos”. En sus primeros mapas de la etapa republicana, Chile reconocía al puerto de Coquimbo como su lugar más septentrional, al principio del desierto de Atacama. Finalmente, al reconocer España en 1844 la independencia de Chile, se expresaba en el referido Tratado que “todo el territorio se extiende desde el desierto de Atacama hasta el Cabo de Hornos”. Se entiende que era excluido el desierto de Atacama, pues por el propio derecho colonial español que sirve de base al Uti Possidetis Juris, Atacama pertenecía a la Audiencia de Charcas.
Este límite entre Bolivia y Chile fue modificado por el primer Tratado de Límites firmado entre estas dos Repúblicas el 25 de agosto de 1866, cuando ya habían surgido entre ambas las diferencias por la explotación del guano y del salitre de Atacama. Era Presidente de Bolivia el tirano don Mariano Melgarejo, a quien Chile había colmado de honores haciéndolo hasta general de división del Ejército de Chile (2). Por este Tratado se acordaba que el límite sería “el Paralelo 24 de latitud meridional, desde el litoral del Pacífico hasta los límites orientales de Chile” y se acordaban también otras disposiciones sobre la explotación de las riquezas naturales existentes entre los paralelos 23 y 25.
Por otro Tratado firmado en 1872, se confirmaba que el límite “es el grado 24 de latitud sur, partiendo desde el mar Pacífico hasta la cumbre de la Cordillera de los Andes”. Un nuevo Tratado firmado en 1874 confirmaba nuevamente el límite trazado en el paralelo 24 “desde el mar hasta la cordillera de los Andes en el Divortium Aquarum”. Los Tratados de 1872 y 1874 fueron firmados cuando ya las relaciones entre Chile y Bolivia eran tirantes y los gobiernos bolivianos querían librarse de las comprometedoras estipulaciones del Tratado de 1866, sin conseguirlo.
En consecuencia, en 1879, el límite entre el Perú y Bolivia era el río Loa, hasta Quillagua y de ahí a sus nacientes. El límite entre Bolivia y Chile era el paralelo 24 de latitud sur.
Notas del blog
(1) El principio de Uti Possidetis Juris es un principio de la ley internacional que establece que las fronteras de los nuevos estados soberanos creados tras la declaración de independencia de las ex colonias sudamericanas eran las mismas fronteras que tenían dichas colonias durante la etapa de dominación española.
(2) La ley que declaró general de división del ejército de Chile a Mariano Melgarejo también declaró general de división del ejército de Chile a Mariano Ignacio Prado.
Fuente
Pons Muzzo, Gustavo. 1962. Las fronteras del Perú: Estudio histórico. Lima: Talleres Gráficos Iberia, S. A., páginas 175-178.
Febrero 13, 2012
Febrero 13, 2012
Fuente: http://blogs.izquierdaperu.com/category/uti-possidetis-juris-de-1810/ (Uti Possidetis Juris de 1810)
Los territorios que reclama Bolivia,históricamente pertenecieron al Virreinato del Perú,Bolivia no pertenecía a ese virreinato,muy por el contrario,era un partido o provincia del virreinato de la Plata,denominado Charcas,con salida al mar Atlantico,es por ello que esta pretensión se cae historicamente,porque al momento de nacer bolivia, a partir del partido de Charcas,unilateralmente traza la linea hacia el pacífico,porque lo encontraba mas a mano y cerca,pero no porque historicamente le pertenecía.Sucre lo hizo?,la historia que me lo diga.Pero Bolivia y sus Bolivianos,siempre se han aprovechado de situaciones que le puedan dar ventaja,y lo toman sin importarles si afectan a un tercero y lo reclaman para sí,en verdad es una forma que los gitanos hacen,creyendose que poseen la ley y el fuero.
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